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Documentación Justificativa de la Devolución.

DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA DE LA DEVOLUCIÓN

A. Anulación de matrícula: Acuerdo de anulación de matrícula, con especificación de los motivos por los que se concede. En los casos de anulación de matrícula por traslado a otro Centro de la UEx deberá adjuntarse justificante de la formalización de ésta y si es  a otra Universidad deberá acreditarse que el alumno antes de formalizar matrícula en la UEx tenía solicitada plaza en la otra Universidad.

B. Becarios del MEC y/o la Junta de Extremadura: Fotocopia compulsada de la credencial que acredite la condición de becario.*

C. Familia Numerosa: Fotocopia compulsada del título de familia numerosa debidamente actualizado.*

D. Exención terceros y ulteriores hijos: Certificado al que hace referencia el punto 6 de las instrucciones dadas por la Gerencia para la correcta aplicación de lo dispuesto en el Decreto 82/1999 de 21 de julio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.*

E. Matrícula de honor: Certificado acreditativo de la misma.*

F. Personas con discapacidad: Fotocopia de certificado que acredite tener reconocida una discapacidad del 33% o superior otorgado por el Organismo competente de la Comunidad Autónoma (Es requisito imprescindible la acreditación de haber solicitado previamente las becas del MEC y la Junta de Extremadura).*

G. Víctimas del terrorismo: Fotocopia de la resolución administrativa de reconocimiento de la condición de víctima del terrorismo del alumno, cónyuge, pareja de hecho o persona que conviva con ella de forma permanente con análoga relación de afectividad y familiares hasta el 2º grado de consanguinidad. (Es requisito imprescindible la acreditación de haber solicitado previamente las becas del MEC y la Junta de Extremadura).*

H. Víctimas de violencia de género: Fotocopia de la resolución judicial otorgando la orden de protección a favor de la víctima, sentencia condenatoria, medida cautelar o cualquier otra en que el órgano judicial estime la existencia de cualquiera de los delitos o faltas recogidos en la Ley Orgánica 1/2004. (Es requisito imprescindible la acreditación de haber solicitado previamente las becas del MEC y la Junta de Extremadura).*

I. Liquidación incorrecta: Informe del Centro, desglosando los importes parciales de cada asignatura en la nueva liquidación practicada.

J. La Universidad podrá solicitar cualquier otra documentación complementaria.

 

(*)  Desarrolladas en el Decreto 106/2017, de 11 de julio (D.O.E. del 12 de julio de 2017) de la C.A. de Extremadura.

A, B, C, D, E, I y J: Instrucción 2/2003 de la Gerencia de la UEx.